El tema se discutió por los ministros de la Segunda Sala.
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Miércoles 20 de marzo de 2019
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Twitter es un canal de comunicación entre servidores públicos y ciudadanos, por lo que un funcionario no puede bloquear a otros usuarios.
EL tema cobró relevancia luego de se recibiera un amparo en el que se exigía que el fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, quitara el bloqueó en redes sociales al periodista Miguel Ángel León Carmona.
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Por unanimidad, los ministros determinaron que el bloqueo corresponde a un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del periodista.
Además de que como servidor público, uno decide voluntariamente colocarse en un nivel de publicidad y escrutinio distinto al de una persona privada y que los contenidos compartidos en la cuenta de Twitter del fiscal tienen relevancia pública y es información de interés general.
Esto, debido a que fue el propio funcionario quien voluntariamente utilizó su cuenta como medio de difusión para compartir, entre otros, información relacionada con su gestión como fiscal. Al hacerlo, colocó a su cuenta de Twitter en una posición de mayor escrutinio público.
"La resolución no determina que el derecho a la privacidad de los servidores públicos deba ser limitado en todos los casos, ya que existe un contenido mínimo de este derecho que debe ser respetado", precisaron.
La orden de desbloquear al periodista no es una medida desproporcional que afecte injustificadamente el derecho a la privacidad del servidor público, coincidieron los ministros, toda vez que éste posee un umbral de protección menos extenso que el de las personas privadas.
Sumado a que el fiscal no acreditó la necesidad de resguardar la información difundida en su cuenta de Twitter de la injerencia de la sociedad.